FACUA-Consumidores en Acción ha reclamado a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos que hagan "más inspecciones y controles" en los locales de hostelería y restauración para evitar incumplimientos de las medidas de seguridad acordadas por el Gobierno ante la pandemia del Covid-19.
La asociación está recibiendo numerosas quejas de usuarios que denuncian faltas de mascarillas en los camareros de muchos bares y restaurantes, así como incumplimientos en las distancias de seguridad o en las medidas de higiene para evitar los contagios por el coronavirus entre la población.
En este sentido, FACUA anima a los consumidores que acudan a establecimientos que no atiendan la norma sanitaria a que "presenten reclamación" contra los mismos "por poner en riesgo la salud de los ciudadanos".
Tal y como ha recordado la entidad, el Gobierno ha establecido una serie de medidas de higiene y seguridad para los establecimientos de hostelería y restauración que van cambiando según el estadio de desescalada de la zona en la que se encuentre el local.
FACUA insiste en que son "los servicios de inspección municipales, autonómicos o de policía especial", según la disposición adicional primera relativa al control del cumplimiento de lo dispuesto en las sucesivas órdenes aprobadas por el Gobierno para la desescalada, "los encargados de vigilar" que se lleven a cabo, "correspondiendo la instrucción de los procedimientos sancionadores que procedan a las autoridades competentes de acuerdo con la legislación sectorial aplicable".
¿Qué debe cumplir la hostelería en la Fase 2?
La Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, es la que rige las medidas que se deben adoptar por la hostelería en las zonas declaradas en Fase 2 de la desescalada, como es el caso de Andalucía, donde ya se permite el acceso al interior de los locales para el consumo siempre que no se supere un 40 por ciento de su aforo, salvo en las discotecas y bares de ocio nocturno, según el artículo 18 de la orden.
Los usuarios solo podrán estar sentados en mesas o agrupaciones de mesas, que deberán mantener la distancia mínima de seguridad, y deberán preferentemente hacer reserva. Queda prohibido el consumo de alimentos y bebidas en barra pero sí se puede encargar comida para llevar.
Además, "se podrá ofrecer productos de libre servicio, ya sean frescos o elaborados con anticipación, para libre disposición de los clientes siempre que sea asistido con pantalla de protección, a través de emplatados individuales y/o monodosis debidamente preservadas del contacto con el ambiente".
A su vez, el servicio en terrazas al aire libre se mantiene con las mismas medidas de seguridad implantadas en la Fase 1, es decir, limitándose al 50 por ciento el número de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior. Eso sí, deberá garantizarse que se cumple la distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.
En cuanto a las medidas de higiene, además de las directrices indicadas en la fase 1, el artículo 19 señala que al abrir los locales al público se deberá proceder a la limpieza y desinfección de los mismos al menos una vez al día. Otra novedad es que se establecerá en el establecimiento un itinerario para evitar aglomeraciones en determinadas zonas y prevenir el contacto entre clientes.
Asimismo, los trabajadores que realicen el servicio en mesa "deberán garantizar la distancia de seguridad con el cliente y aplicar los procedimientos de higiene y prevención necesarios para evitar el riesgo de contagio".
La asociación está recibiendo numerosas quejas de usuarios que denuncian faltas de mascarillas en los camareros de muchos bares y restaurantes, así como incumplimientos en las distancias de seguridad o en las medidas de higiene para evitar los contagios por el coronavirus entre la población.
En este sentido, FACUA anima a los consumidores que acudan a establecimientos que no atiendan la norma sanitaria a que "presenten reclamación" contra los mismos "por poner en riesgo la salud de los ciudadanos".
Tal y como ha recordado la entidad, el Gobierno ha establecido una serie de medidas de higiene y seguridad para los establecimientos de hostelería y restauración que van cambiando según el estadio de desescalada de la zona en la que se encuentre el local.
FACUA insiste en que son "los servicios de inspección municipales, autonómicos o de policía especial", según la disposición adicional primera relativa al control del cumplimiento de lo dispuesto en las sucesivas órdenes aprobadas por el Gobierno para la desescalada, "los encargados de vigilar" que se lleven a cabo, "correspondiendo la instrucción de los procedimientos sancionadores que procedan a las autoridades competentes de acuerdo con la legislación sectorial aplicable".
¿Qué debe cumplir la hostelería en la Fase 2?
La Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, es la que rige las medidas que se deben adoptar por la hostelería en las zonas declaradas en Fase 2 de la desescalada, como es el caso de Andalucía, donde ya se permite el acceso al interior de los locales para el consumo siempre que no se supere un 40 por ciento de su aforo, salvo en las discotecas y bares de ocio nocturno, según el artículo 18 de la orden.
Los usuarios solo podrán estar sentados en mesas o agrupaciones de mesas, que deberán mantener la distancia mínima de seguridad, y deberán preferentemente hacer reserva. Queda prohibido el consumo de alimentos y bebidas en barra pero sí se puede encargar comida para llevar.
Además, "se podrá ofrecer productos de libre servicio, ya sean frescos o elaborados con anticipación, para libre disposición de los clientes siempre que sea asistido con pantalla de protección, a través de emplatados individuales y/o monodosis debidamente preservadas del contacto con el ambiente".
A su vez, el servicio en terrazas al aire libre se mantiene con las mismas medidas de seguridad implantadas en la Fase 1, es decir, limitándose al 50 por ciento el número de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior. Eso sí, deberá garantizarse que se cumple la distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.
En cuanto a las medidas de higiene, además de las directrices indicadas en la fase 1, el artículo 19 señala que al abrir los locales al público se deberá proceder a la limpieza y desinfección de los mismos al menos una vez al día. Otra novedad es que se establecerá en el establecimiento un itinerario para evitar aglomeraciones en determinadas zonas y prevenir el contacto entre clientes.
Asimismo, los trabajadores que realicen el servicio en mesa "deberán garantizar la distancia de seguridad con el cliente y aplicar los procedimientos de higiene y prevención necesarios para evitar el riesgo de contagio".
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL