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La Junta beneficiará a más de 21.000 familias con 45,7 millones en ayudas para la mejora de sus edificios

La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía beneficiará a unas 21.900 familias andaluzas a través de las ayudas para la rehabilitación de edificios, destinada a obras y trabajos de conservación, mejora de la calidad y sostenibilidad, así como de accesibilidad de edificios de comunidades de propietarios. Desde el inicio de la presente legislatura hasta este año serán 45,7 millones de euros los que la Junta haya destinado a estas subvenciones.



Las familias que pueden beneficiarse de las subvenciones de este programa son las que pertenecen a comunidades de propietarios de viviendas en las que, al menos, la mitad de los propietarios de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM. La cuantía máxima de la subvención por edificio será el 35 por ciento del coste subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que incluyan ajustes razonables en materia de accesibilidad, se podrá alcanzar el 50 por ciento.

Hasta ahora se han abonado 13,6 millones de euros de estas ayudas y están a punto de resolverse las correspondientes a la convocatoria de 2016, dotada con 16,1 millones de euros y una previsión de 7.600 familias beneficiadas. A estas cantidades se sumará una nueva convocatoria correspondiente a 2017, dotada igualmente con 16 millones de euros y que beneficiará a otros 7.600 andaluces.

Una vez obtenida la subvención, la comunidad de propietarios contará con un mes de plazo para solicitar la licencia de obras. El abono de la ayudas se realizará en dos pagos del 50 por ciento, uno al inicio tras la presentación de la licencia de las obras y otra al final, una vez entreguen el certificado final de obra. El periodo máximo para ejecutar las mejoras no podrá exceder de 16 meses, aunque dicho plazo podrá ampliarse excepcionalmente hasta 18 meses cuando se trate de obras que afecten a 40 o más viviendas.

Entre las actuaciones subvencionables para la mejora de la calidad y sostenibilidad en los edificios se incluyen las obras para la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración y ventilación, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes; la instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables, la instalación de reductores de agua, así como el acondicionamiento de instalaciones para la separación de los residuos domésticos en el interior de los domicilios y en los espacios comunes; entre otros.

En cuanto a las actuaciones subvencionables en materia de accesibilidad, se incluyen la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares, la colocación de avisos mediante señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.

Los edificios objeto de las actuaciones, que deberán contar con el Informe de Evaluación del Edificio cumplimentado y suscrito por un técnico competente con fecha anterior a la solicitud de la ayuda, no podrán estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación o en situación de asimilación, además de haberse construido antes de 1981. Además, al menos un 70 por ciento de sus viviendas han de estar ocupadas y constituir el domicilio habitual de sus residentes.

REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL
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