El Ministerio de Fomento ha licitado el contrato de concesión para la construcción y explotación del Área de Servicio de La Rambla en la autovía Córdoba-Málaga (A-45), concretamente en la margen derecho en sentido a la Costa del Sol del punto kilométrico 21+600, dentro del término municipal de La Rambla. El Área de Servicio tendrá acceso directo de entrada y salida a la autovía.
El Estado aporta los terrenos y el concesionario podrá explotar el Área de Servicio durante un periodo máximo de 40 años, abonando a la Administración un canon anual cuyo mínimo se ha fijado en 28.600 euros.
El presupuesto de ejecución material de las obras es de 2,1 millones de euros si bien el anteproyecto de obra que sirve de base para la licitación contempla instalaciones adicionales no obligatorias. Las instalaciones mínimas que deben contener las propuestas son las siguientes: estación de servicio, aparcamientos diferenciados para vehículos ligeros, pesados y autocaravanas, cafetería-restaurante y zona de descanso y juegos infantiles.
Características técnicas
Son Áreas de Servicio las zonas colindantes con las carreteras, diseñadas expresamente para albergar instalaciones y servicios destinados a la cobertura de las necesidades de la circulación, pudiendo incluir estaciones de suministro de carburantes, hoteles, restaurantes, talleres de reparación y otros servicios análogos y auxiliares destinados a facilitar la seguridad y comodidad de los usuarios de la carretera. No se podrán establecer en estas áreas de servicio, instalaciones o servicios que no tengan relación directa con la carretera o que puedan generar un tráfico adicional.
El Estado aporta los terrenos y el concesionario podrá explotar el Área de Servicio durante un periodo máximo de 40 años, abonando a la Administración un canon anual cuyo mínimo se ha fijado en 28.600 euros.
El presupuesto de ejecución material de las obras es de 2,1 millones de euros si bien el anteproyecto de obra que sirve de base para la licitación contempla instalaciones adicionales no obligatorias. Las instalaciones mínimas que deben contener las propuestas son las siguientes: estación de servicio, aparcamientos diferenciados para vehículos ligeros, pesados y autocaravanas, cafetería-restaurante y zona de descanso y juegos infantiles.
Características técnicas
Son Áreas de Servicio las zonas colindantes con las carreteras, diseñadas expresamente para albergar instalaciones y servicios destinados a la cobertura de las necesidades de la circulación, pudiendo incluir estaciones de suministro de carburantes, hoteles, restaurantes, talleres de reparación y otros servicios análogos y auxiliares destinados a facilitar la seguridad y comodidad de los usuarios de la carretera. No se podrán establecer en estas áreas de servicio, instalaciones o servicios que no tengan relación directa con la carretera o que puedan generar un tráfico adicional.
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL
FOTOGRAFÍA: J.P. BELLIDO
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